Desde el 21 de junio de 2020, con la vigencia de las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), el cannabis no psicoactivo o cáñamo dejó de ser una sustancia sujeta a fiscalización en Ecuador. Productos de higiene personal a base de aceite de cannabis ya han comenzado a producirse en Ecuador. Esto, tras la vigencia de las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), el 21 de junio de 2020. Así lo destaca la nota publicada por Primicias Ecuador.
Productos de higiene personal a base de aceite de cannabis ya han comenzado a producirse en Ecuador. Esto, tras la vigencia de las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), el 21 de junio de 2020. En el artículo 127 de la normativa se establece la despenalización del “cultivo y la producción del cáñamo con un contenido de delta-9-tetrahidrocannabinol (THC) inferior a 1% en peso seco”. Si bien en el país existen laboratorios interesados en el procesamiento de cannabis para uso medicinal, esto aún no es legal.
Puede leer la nota completa publicada por Primicias en este enlace.
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